23 de enero de 2026

La Corte porteña revocó un fallo de la Cámara Nacional Civil y fijó otra tasa de interés en un caso por daños y perjuicios

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad revocó parcialmente un fallo de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en un juicio de daños y perjuicios.

Estableció en este caso un mecanismo de ajuste que implica que en las obligaciones de valor corresponde aplicar una tasa pura, del 8 por ciento anual (sin ajuste por inflación), desde la fecha del perjuicio hasta la cuantificación del daño a valores actuales.

De este modo, el Tribunal confirmó la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Barrientos” (Fallos 347:1446).

La tasa pura no contiene otros parámetros de actualización, como la inflación o la depreciación monetaria.

La decisión fue dictada en la causa TSJ 58756/2025-0 “Paraná S.A. de Seguros s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (civil) en Luna Jorge c/ Álvarez, Marcelo Fabián s/ daños y perjuicios (Expte. N° 10337/2022)”, donde el Tribunal Superior hizo lugar parcialmente a la queja y al recurso de inconstitucionalidad de la aseguradora.

El Tribunal dejó sin efecto la aplicación de la tasa activa cartera general (préstamos) del Banco Nación desde la fecha del hecho hasta la sentencia de grado, y mantuvo una tasa pura del 8% anual, fijada en primera instancia, porque ya había sido consentida por la recurrente.

El Tribunal, por mayoría, sostuvo que el artículo 768 del Código Civil y Comercial se refiere exclusivamente a obligaciones de dar dinero, por lo que sus tasas se aplican recién desde la cuantificación en dinero de la obligación resarcitoria. Antes de ese momento, la obligación es de valor, por lo que la norma no rige.

Así, el tribunal porteño actuó como la máxima instancia de apelación de todos los juicios civiles que se resuelven en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, como lo dispuso la Corte Suprema de Justicia en el fallo Levinas. Una intervención que, desde que se produjo ese fallo, generó resistencias y quejas en los tribunales nacionales.

Intervino por la nueva competencia que le asignó el máximo tribunal del país; aplicó una tasa activa del 8% anual  LA NACION